El valor numérico hace referencia al número de la actividad según la legislación vigente.
La legislación actual1, que regula el ejercicio del trabajo por cuenta propia en Cuba, reconoce como una de las opciones a ejercer la de “Elaborador vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas de forma ambulatoria”, definida según esta norma como aquel trabajador por cuenta propia que: “Elabora y expende alimentos de forma ambulatoria. Puede utilizar para la prestación del servicio medios tales como bicicletas, carritos y otros de similar naturaleza, pero no kioscos fijos ni otra instalación de ese carácter. Cumple las regulaciones del Consejo de la Administración sobre los itinerarios y la legislación de vialidad y tránsito. Requiere licencia sanitaria. No puede comercializar productos importados ni adquiridos en la red minorista”.
Hace apenas tres años un joven santaclareños entonces recién desligado de un centro de educación donde cumplía su servicio social, decidió emprender camino como trabajador privado, a partir de experiencias precedentes obtenida en espacios particulares, adquirió experiencia para montar su propio negocio2.
Eduardo Alejandro López Rico, es un egresado de la educación superior cubana que a pesar de sentir profunda estima por la profesión que durante cinco años estudió y de la cual habla con pasión, reconoce que apegado a ella y bajo las condiciones económicas actuales que presenta Cuba, es insostenible desde el punto de vista de los ingresos recibidos para un joven cuyo objetivo en la vida es formar una familia y vivir dignamente.
Las puestas del trabajo por cuenta propia se abren para Eduardo y este entra ejerciendo la actividad 39 –explicada al inicio del artículo–. Entre las razones que alega para la selección de esta actividad en particular alegó: primero, que esta se ajustaba en cierta medida a la idea que tenía para comenzar su negocio; segundo, que bajo esta actividad las regulaciones tributarias eran más benévolas; y tercero que con esta posibilidad podía acceder a clientes de forma más sencillo, no tenía que esperar por ellos, sino salir a buscarlos –este último argumento me pareció muy interesante–.
Los trámites en las entidades que autorizan así como la gestión de la licencia sanitaria requerida no fueron traumáticos, el proceso fue relativamente corto y sencillo, siempre con presencia de la ya acostumbrada cola y los habituales peloteos. Todo parecía fácil a los ojos inexpertos de un joven que desconociendo las limitantes de quienes realizan esta actividad individual, se lanza a este camino en busca de una alternativa económicamente diferente a la que acostumbraba a vivir.
Las dificultades comenzaron con el propio desarrollo de la actividad. El ejercicio en sí no era, ni es el problema, el conflicto reside en la acción de garantizar de forma sistemática los productos para colocar a la vente y las herramientas o medios necesarios para garantizar la actividad.
El acceso regular y lícito a los insumos necesarios para desarrollo de la actividad se convierte en un verdadero dolor de cabeza, –según alega este joven– cerca del 75% del tiempo que dedica a esta actividad individual, está encaminada a la búsqueda de los productos –a precios asequibles– que debe colocar a la venta y a las herramientas o piezas para los medios de transportación que utiliza o para las maquinarias que de forma improvisada ha construido, desafiando todo principio innovador, con el fin de crear su propia cadena de suministros, ante la situación actual existente.
Recordar además que no existe un mercado mayorista y que por lo tanto, todo cuanto reclame el ejercicio de su actividad debe adquirirlo por las vías establecidas para la población en general y que ha sido establecido a nivel de país a través del proceso de planificación de la economía nacional.
Quienes realizan esta actividad –la 39 según la normativa vigente– no pueden comercializar productos importados, por tanto todo cuanto se ofrezca al cliente debe ser producto nacional. Para lograr una oferta estable, variada y a precios adecuados la gestión debe ser una actividad medular. Se ha de establecer contactos con los productores directos con el fin de lograr suministros estables. Desde el punto de vista teórico-conceptual-metodológico, este principio es perfectamente entendible y asumido; mas según refiere Eduardo la dinámica de trabajo y el propio desarrollo de la actividad individual en la isla –y en particular en Santa Clara- hace que este proceso no sea tan sencillo3.
Otro de los elementos que este joven plantea y que además propone se valore su pertinencia y objetividad, tanto para el TPCP como para loa propios consumidores, es el hecho de la no permisibilidad de estancia en la calle. La actividad se describe como ambulatoria, por tanto se permite la estacionalidad solo cuando se está realizando la venta de productos o servicios, de lo contrario debe estar TPCP en movimiento. La norma jurídica que regula esta situación –a juicio de este trabajador– es un poco ambigua y altamente subjetiva. Como graduado universitario que posee un elevado nivel de instrucción este trabajador analiza que esta situación es incluso humanamente irracional, pues al menos el trabajador tendrá que detener su transporte para descansar.
Me comenta además que la caza por parte de los inspectores que controlan esta actividad es sumamente agresiva –no se refiere desde el punto de vista físico–. Estos trabajadores –de quienes tiene buena opinión– le comentaron que incluso las estructuras superiores de dirección realizan una planificación de la cantidad de multas que se deben aplicar y sobre la base del cumplimiento de este plan establecido se realiza el pago a los inspectores. Es perfectamente entendible –comparte Eduardo– para un cubano que vive a flor de piel las carencias materiales, justificar aunque puede o no compartir, tales acciones.
La realidad es objetiva, es un hecho que no se puede cambiar, al menos a corto plazo con la voluntad de una persona. Los procesos objetivos responden a mecanismos económicos, sistemas y otras estructuras superiores de dirección que articulan desde la superestructura un diseño general de políticas para el funcionamiento de la economía y sus actores.
La experiencia particular, individual, específica de una persona en el desarrollo de su actividad puede aportar nada, poco o mucho, eso depende de la forma en la que se analice, depende de los problemas que se quieran encontrar, compartir y proponer soluciones, depende además de los objetivos o finalidades que se persigan con el análisis y con la vida de esta forma de propiedad.
- Resolución No. 41/13 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, “Reglamento del ejercicio del Trabajo por Cuenta Propia” aprobada el 22 de agosto de 2013 y Resolución No. 42/13 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social del 22 de agosto de 2013. ↩
- Se utiliza el término “negocio” aunque legalmente no se reconoce esta organización como tal, aunque en la realidad práctica y objetiva sea precisamente así tal cual funcione. ↩
- Por ejemplo –refiere Eduardo– en ocasiones los productores de galletas saladas presentan roturas y detienen la producción, esta situación puede extenderse de forma ilimitada, pues ellos tampoco pueden acceder a un mercado donde existan piezas de repuesto para los equipos que utilizan o equipos nuevos para comprar en mercados minorista, mayorista o importados. ↩