El gobierno cubano implementa un débil sistema de seguridad social en manos de la burocracia política, capaz de someter a investigación a los beneficiarios de las pensiones, que en situación de emergencia acudan a las instituciones públicas.
El Primer Ministro de la República de Cuba aprobó el Decreto Ley No. 25 del Consejo de Ministros “Modificativos del Reglamento de la Ley de Seguridad Social”, a los fines de asistir a los sectores vulnerables por insuficiencia de ingresos en sus hogares.
Así, la necesidad de protección de un núcleo familiar deberá ser avalada por los trabajadores sociales, las organizaciones políticas y de masas en la comunidad, delegados de circunscripción y alguna otra institución pública del entorno que se requiera.
Se ha dispuesto la realización de evaluaciones de solvencia económica a las Direcciones de Trabajo Municipal, órgano encargado de recepcionar las solicitudes de asistencia social, para entregar prestaciones monetarias eventuales o temporales, esta última por un período menor al de 1 año.