En la Provincia de Artemisa, Municipio de igual nombre, el pequeño agricultor, Rigoberto Lazo Dueñas es usufructuario de la finca La Vijirita con una extensión de 11.34 ha de tierras. Su objeto social es de Cría de Ganado Menor (Cerdos).
El mismo es un productor reconocido en el municipio ya que cumple el plan de carne según el convenio firmado con la Cooperativa a la que está asociado.
Desde el pasado mes de Septiembre Rigoberto se encuentra de visita en el exterior de forma temporal. Antes de hacer efectivo el viaje se dirige a la notaria para efectuar un poder notarial para que su hijo, que trabaja con el en la finca, se quedara a cargo del manejo de las tierras. El pasado 12 de Noviembre un inspector se persona en la finca y le notifica al hijo del usufructuario una Resolución de Extinción de la tierra y le aplica una contravención por el Decreto Ley 203 artículo 1 inciso e) el cual establece que el que tenga deficientemente aprovechadas o abandonadas en forma negligente, tierras de propiedad o en usufructo, sin causa plenamente justificada, $1000.00 pesos y la obligación de ponerlas en explotación en el término concedido para ello.
Al reclamar el hijo de Rigoberto ante Dirección Provincial de la Agricultura le explican que fue incorrectamente aplicada la contravención, pero que la Resolución de Extinción de la tierra si es efectiva ya que en las tierras entregadas en usufructo no está permitido realizar poderes notariales.