El pasado domingo 25 de marzo me encontraba en casa de una amiga haciéndome arreglos de uñas de las manos y los pies cuando llegan dos supervisores de la DIS (Dirección Integral de Supervisión) y arremeten contra mi amiga.
Luego de pedirle, en muy mala forma y sin tener en cuenta la presencia de clientes, los documentos que la acreditan como Trabajadora por Cuenta Propia y ver que todo estaba en orden, le exigen que les muestre los documentos que puedan corroborar la legalidad de los materiales que utiliza.
Mi amiga les explica que todo lo que utiliza es traído de afuera, que se los traen sus familiares radicados en EEUU que vienen todos los años. Que ella no tiene papeles de eso. Ella lleva más de 6 años ejerciendo la actividad y nunca ha tenido problemas, que no tiene necesidad de comprar nada ilegal porque todo, absolutamente todo, se lo traen de afuera.
Como es lógico en Cuba, las supervisoras no entendieron de razones y multan a mi amiga con 1500 pesos en moneda nacional por el Decreto Ley 315 del 2013, artículo 5, inciso f). Por no probar la procedencia lícita de los productos que utiliza para ejercer la actividad.
Cuando, por fin, se retiran las supervisoras le comento a mi amiga que le iba a preparar un escrito de reclamación para presentar en la sede de la DIS, y ella, con lágrimas en los ojos me dice……¿Para qué? No vale la pena mi amiga.