M.N.T. fue al cajero automático de la Sucursal Bancaria de Medio y Dos de Mayo a extraer dinero, y durante la operación el cajero automático se queda con la tarjeta y no pudo realizar la operación. Era la noche del jueves 12 de enero de 2017.
Va el viernes a las 8 de la mañana y le informa la directora que los cajeros solo se abren los lunes y los jueves por una comisión de BANDEC (Banco de Créditos y Comercio) y ellos son BPA (Banco Popular de Ahorro). Sin entender razones ni necesidades de la cliente.
El lunes a las 8 de la mañana le informan que a este cajero le corresponde la apertura a las 2 de la tarde. Al fin, después del respectivo papeleo y la cola de 8 reclamantes más, le entregan la tarjeta; pero no pudo hacer la extracción ya que el cajero automático quedó indisponible.
Esta situación la están sufriendo miles de cubanos en Cuba que operan con Tarjetas de Débito RED del Banco de Créditos y Comercio. Hoy en la isla muchas Empresas les pagan a sus trabajadores por medio de las tarjetas magnéticas, al igual que muchos jubilados cobran sus chequeras por esta vía, a través de un contrato con BANDEC.
Según la doctrina, el Principio Fundamental de un contrato para que sea vinculante es el Acuerdo de Voluntades. Al estar en presencia de un Contrato de Adhesión las cláusulas del mismo no son convenibles y hay sometimiento de una de las partes a lo preestablecido por la otra, pero todo tiene límites.
Revisando el Contrato Individual para Tarjeta Débito RED y el Reglamento de dichas tarjetas, apreciamos que no hay en lo absoluto autonomía de la voluntad por parte del cliente; y citamos ejemplos:
- Al momento de M.N.T firmar el contrato no le permiten designar beneficiario de la cuenta de ahorro asociada a la tarjeta.
- En el Reglamento se obliga al titular de la tarjeta a 5 puntos y BANDEC solo se obliga a 2.
- En las Responsabilidades del propio Reglamento, BANDEC queda exento de responsabilidad cuando sea imposible el uso de la tarjeta o se produzca demora o daño por accidente, avería o fallo mecánico de todos o algunos de los mecanismos y dispositivos de los cajeros.
Es realmente un Contrato de Adhesión con cláusulas abusivas para el cliente, el que con independencia de que no pudo extraer dinero cuando lo necesitaba (4 días sin acceso a su cuenta), perdió 2 días de trabajo, realizó gestiones infructuosas, se disgustó y perdió credibilidad y confianza en las operaciones bancarias. ¿Pero a quién le preocupa y quién se ocupa?
Este es sin dudas otro Contrato de Adhesión al que estamos obligados los cubanos que vivimos en Cuba (entiéndase el caso de la electricidad, las comunicaciones, entre otros), por la simple razón de que el Régimen no permite tener otras opciones, por no existir el pluralismo ni otras oportunidades, al querer dominarlo todo. La falta de competencia permite a los poderosos actuar a su voluntad y disponer lo que más les convenga, sin tener en cuenta al pueblo que es en esencia su razón de ser.