El Banco Central de Cuba (BCC) emitió la Resolución 113/2021, que otorga los permisos para operar las cuentas bancarias en CUP a las unidades gastronómicas de base con características especiales, aprobadas por el Ministerio de Comercio Interior.
Aunque muy pequeñas, les exigen el cumplimiento de registros contables y submayores, emisión de balances y estados financieros para su control por la empresa y la Dirección Municipal de Finanzas y Precios, por lo que continúan sujetas a los Superintendentes.
Se les permite la entrega de financiamiento como capital de trabajo por los bancos, para la compra de insumos en efectivo, se ejecutan con la modalidad de línea de crédito revolvente, que se ejecutan en correspondencia con las operaciones en efectivo de estas unidades.
Las “empresas privadas socialistas” podrán solicitar financiamiento para inversiones, compra de activos fijos y reparaciones de inmuebles mediante la presentación de flujo de caja e importe de los aportes mensuales para la liquidación de la deuda, entre otros documentos.
Por otro lado, la Resolución 166/2020 del Ministerio de Comercio Interior definió el nombramiento de los directores de las unidades por las empresas territoriales, a la cual deberán reportar diariamente las ventas, quedando obligados a realizar cobros y pagos mediante canales electrónicos del BCC.
Se dispuso la realización de compras de productos, materias primas e insumos a proveedores estatales, a precios de venta minorista menos el descuento comercial, y los que adquiera por autogestión a precio por acuerdo, siempre que exista documento acreditativo.
La autonomía de gestión económica otorgada a las unidades gastronómicas es señal del cáncer que padece la empresa socialista, y demuestra la necesidad de implementar una Ley de PYMES para el desarrollo del comercio nacional en manos privadas.