La Ley 153/2022 aprobada por el parlamento cubano estableció el proceso de amparo de los derechos constitucionales; pese a que, ha sido cuestionada en diferentes espacios.
Ante supuestos daños; a las micros, pequeñas y medianas empresas – como medidas cautelares – se les dispondrá el cese de su actividad, la suspensión y el cierre temporal del establecimiento.
Resulta interesante que ante la falta de comercios mayoristas, los privados encuentran suministradores de excelencia en un sólido mercado subterráneo, carente de garantías.
Tal situación es de notarse en la elaboración de alimentos y materiales de la construcción, así como, la manufactura, donde el 100% de las materias primas e insumos son de origen informal.
Lo anterior demuestra cuán difícil es para los empresarios nacionales sostener ofertas atractivas y de calidad, sin afectar el bienestar de sus clientes en un ambiente de escasez.
Por ahora; vale no limitar las cadenas de suministros ilegales con férreas medidas de control y fiscalización, pues aumentarían los precios y se incrementaría el proceso inflacionario.
Más vale revisar el marco referencial actual y la aplicación práctica del nuevo Código Penal sobre el sector privado nacional, en aras de forjar la alianza público-privada.
Y permitir a los emprendedores de la Isla asistidos por la inversión extranjera, promover una cultura socialmente responsable, capaz de proteger a los consumidores finales.
También; habilitar espacios a las aseguradoras internacionales a partir de la certificación de calidad en los procesos de producción y comercialización de bienes y servicios nacionales.