El Ministerio de Finanzas y Precios emitió la Resolución 148/2023, para evaluar la elaboración de fichas de costos en procesos de producción y servicios; así como, la conformación de precios y tarifas.
Se reconoce 1.5 veces de Gastos Indirectos en la producción y hasta de 1,0 veces en los servicios, aplicable sobre el Gasto de Salario Directo y exceptuando las actividades autorizadas.
Para la gastronomía los Gastos Indirectos no exceden el Salario Directo y la utilidad se limita hasta el 10% sobre los costos y gastos, descontando Consumo Material, Gastos Generales y de Administración, Financieros y Tributarios.
Tal desagregación de los insumos y del Gasto de Salario Directo constituye una medida de control, que intenta persuadir de evasión fiscal al sector empresarial en la Isla.
Las comercializadoras tienen hasta un 15% de margen comercial sobre los precios de importación sumado a Gastos Operacionales; y los precios minoristas se determinan adicionando a los mayoristas el margen comercial minorista y los tributos.
Y la medida obliga a las mipymes privadas nacionales a mostrar a su contraparte las bases de las determinaciones de sus precios y tarifas (Fichas de Costos) en las negociaciones y concertaciones de precios.
La intención de las autoridades es disminuir los Gastos Indirectos en la producción y los servicios, para balancear los precios en el mercado interno frente al actual proceso inflacionario.
Ante ello; los privados implementan tecnologías financieras para alcanzar la eficiencia fiscal caminando en escenarios formales e informales, que dinamizan la economía nacional.
Resulta vital que el gobierno cubano coloque en el debate público la reforma tributaria y la Ley de Sociedades Mercantiles desde los valores de la Economía Social de Mercado.