El Banco Central de Cuba emitió la Resolución 131/2023, que actualiza el procedimiento ante desastres y en relación al Órgano Económico Social del Consejo de Defensa Nacional.
Se dispuso para las instituciones financieras que operan con tarjetas RED garantizar pagos de hasta 5 000 CUP a sus tenedores, tanto por las vías electrónicas o ejecución manual.
Aunque; resulta extensa la documentación a presentar por los titulares y el completamiento de un formulario de Declaración Jurada para proceder al adelanto de efectivo.
Y los créditos se aprobarán desde 300 hasta 100 000 CUP con 10 años de plazo por las sucursales y hasta 150 000 CUP con 15 años de plazo por los Comités de Crédito provinciales.
Sumado a ello; las tasas de interés aplicables y los plazos de amortización máximos correspondientes serán fijados exclusivamente por el Banco Central de Cuba.
Ante las deudas de damnificados, los bancos aplicarán una tasa de interés de 2.5% a los créditos otorgados para la compra de materiales al amparo del Decreto-Ley 289 de 2011.
Resulta meritorio decir que el sistema bancario en la Isla para el caso de las deudas de créditos sociales amplió el plazo en hasta 5 años contados a partir de la ocurrencia del desastre.
Pero; tales medidas son insuficientes frente a la decisión de restringir las mipymes comercializadoras, el deterioro de la oferta en el mercado interno y la inflación galopante.
Vale reconocer los desastres naturales como multiplicadores de las desigualdades y enfrentarlas mediante políticas públicas que tengan como centro la Economía Social de Mercado.