La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) en colaboración con las Oficinas de Migración y Extranjería del Ministerio del Interior ha restringido la salida del país a trabajadores por cuenta propia bajo presuentas evasiones fiscales y subdeclaración durante los años de Covid-19.
Los funcionarios han olvidado que en la pandemia se dispuso la suspensión temporal de las actividades a cuentapropistas y aplicaron el Artículo 24 de la Resolución 103/2019, cuando debían exceptuar de impuestos según el Apartado Cuarto de la Resolución 427/2019 del Ministerio de Finanzas y Precios.
Así; reducirían o limitarían temporalmente el pago de la cuota anticipada de Impuesto sobre Ingresos Personales y la cuota consolidada mensual, sin tener en cuenta otros tributos; tal error afectó a 450 mil negocios e impactó negativamente en sectores como el transporte, la gastronomía y alojamientos.
Vale aclarar que la forma de propiedad Sociedad de Responsabilidad Limitada protege a los socios ante cualquier intención en los decisores de restringir sus salidas y entradas al país, siempre que los mismos cumplan con el pago de sus impuestos sobre ingresos personales y la seguridad social.
Los socios de las mipymes que sean resultado de la conversión de trabajadores por cuenta propia deberán honrar sus compromisos anteriores a la creación de la sociedad en la Isla; para ello, el Ministerio de Economía y Planificación ha de verificar que no existan adeudos.
Y es que los empresarios privados cubanos han de blindarse ante el estado de fragilidad que abunda en las instituciones y solicitar al cierre de cada ejercicio fiscal un Certifico de No Adeudos a la Oficina Nacional de Administración Tributaria, quien tiene la obligación de brindarlo a la brevedad.
Ahora bien; resulta necesario ganar en civismo y eso sólo es posible realizando procesos transparentes de rendición de cuentas a la ciudadanía sobre la ejecución de los presupuestos municipales, provinciales y nacionales, que al fin y al cabo se nutren del Sistema Tributario.