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Reformas necesarias

Publicada el 19 enero, 202424 enero, 2024 por Ángel Marcelo Rodríguez Pita

Gobierno cubano publica la Edición Ordinaria Número 5 de la Gaceta Oficial en el año 2024, donde establece nuevas medidas tributarias que tienen como objetivo captar recursos financieros para aliviar el déficit en el Presupuesto del Estado mediante políticas de austeridad económica.

Las personas naturales empleadas en las entidades extranjeras acreditadas en la Isla abonarán un 5% de Impuesto sobre Ingresos Personales aplicado a las gratificaciones recibidas en los tres primeros trimestres y al finalizar el año fiscal deberán aplicar escalas de tipos impositivos.

Véase el 5% hasta 25 000 CUP, el 10% desde 25 000 hasta 50 000 CUP, el 15% desde 50 000 hasta 100 000 CUP, 20% desde 100 000 hasta 200 00 CUP, 25% desde 200 000 hasta 350 000 CUP, 30% desde 350 000 hasta 500 000 CUP, 35% desde 500 000 hasta 650 000 CUP, 40% desde 650 000 hasta 800 000 CUP, 45% desde 800 000 hasta 1 000 000 000 CUP y un 50% al exceso de 1 000 000 000 CUP.

Sin embargo, podrán deducir de los ingresos totales anuales un 10% de gastos, el mínimo exento anual de 39 120 CUP, la suma de los pagos anticipados realizados en cuotas trimestrales y la diferencia se ingresa al Presupuesto del Estado convirtiendo los ingresos obtenidos en moneda libremente convertible a pesos cubanos.

Y través de un sistema de retenciones en las mipymes privadas nacionales para el cálculo del Impuesto sobre Ingresos Personales a cada uno de sus empleados se le aplicará un tipo impositivo al total de sus remuneraciones percibidas mensuales siguiendo una escala de tipos impositivos.

Nótese un exento de pago hasta 3 260 CUP, el 3% desde 3 260 hasta 9 510 CUP, el 5% desde 9 510 hasta 15 000 CUP, el 7.5% desde 15 000 hasta 20 000 CUP, el 10% desde 20 000 hasta 25 000 CUP, el 15% desde 25 000 CUP hasta 30 000 CUP y el 20% al exceso de 30 000 CUP.

La situación demanda insistir a las autoridades en la necesidad de avanzar hacia una modificación de la tasa de cambio bancaria oficial para personas naturales que conduzca a su actualización según el mercado de divisas y sitúe a no más 260 CUP x 1 USD y 280 CUP x 1 EURO.

También es recomendable disminuir los subsidios para aliviar el gasto público, desahogar gradualmente el esfuerzo tributario de los nuevos actores económicos y sintonizar el trasvase de los profesionales del sector público hacia el privado con la mirada en los valores de la Economía Social de Mercado.

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