Funcionarios de la Unidad de Inspectores Estatales de la Construcción en varias provincias de Cuba han interrumpido la ejecución de obras a cargo de Proyectos de Desarrollo Local (PDL) previamente contratados por la Empresa Constructora de Obras de Ingeniería (ECOI).
Las autoridades acusan a los PDL de violaciones al Decreto 327/2014 del Ministerio de la Construcción que establece la inscripción en el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores de la República de Cuba, a todas las formas de gestión relacionadas a los servicios de la construcción.
Y la Resolución 37/2021 de igual organismo únicamente regula la inscripción en El Registro a personas jurídicas que actúen como contratistas, subcontratistas, constructores, proyectistas, consultores y administradores de proyectos y a quienes realizan investigaciones de ingeniería.
Mientras la Resolución 114/2021 del Ministerio de Finanzas y Precios establece que los PDL tienen personalidad propia y tributan de forma independiente a las personas naturales y jurídicas que lo integran, son contribuyentes ante la ONAT previo acuerdo del Consejo de Administración Municipal.
El marco legal vigente no permite a los PDL la inscripción en el Registro Mercantil ni en otras instancias relacionadas a los diferentes organismos según la actividad económica desarrollada, esto se debe a una visión flexible orientada hacia el desarrollo local y territorial.
Ahora bien, el PDL sólo ha sido subcontratado por la ECOI como fuerza laboral para la ejecución de una obra ya concertada, situación que deja en evidencia a la empresa constructora estatal por su incapacidad para cumplir con su objeto social, siendo motivo legal para su extinción.
En un ambiente caracterizado por la discrecionalidad, los funcionarios deben verificar la inscripción de la ECOI – en su rol de constructora – ante el Registro Nacional de Constructores, Proyectistas y Consultores, para así ampliar las posibilidades de control de la actividad por los órganos calificados.