El gobierno cubano aprueba un paquete de medidas económicas para el desarrollo del sector privado; aunque, carente de trascendentales reformas en el sistema tributario, que garanticen a los empresarios el retorno de las inversiones a corto y mediano plazo.
Se mantendrán las escalas progresivas, aplicando bases imponibles a los trabajadores por cuenta propia, que van desde menos de 10 000 CUP hasta más de 50 000 CUP; además, transitan por un tipo impositivo desde un 15% elevándose hasta un 50%.
Los cuentapropistas que impulsan actividades de menor envergadura y no generen ingresos superiores a los 200 000 CUP anuales, quedan reducidos al Régimen Simplificado de Tributación y aportaran los impuestos, mediante cuotas mensuales.
Los socios de las MIPYMES contemplarían igual mínimo exento; pero, abonarán impuestos sobre ingresos personales, que reconozca valores iniciales inferiores a los 75 000 CUP y superiores a 350 000 CUP, con un tipo impositivo desde un 3% hasta un 20%.
Obsérvese, que todo indica la constitución de las MIPYMES como Sociedades de Responsabilidad Limitada, a partir de la transformación de cooperativas y cuentapropistas, estos actualmente realizan las mismas actividades bajo la legislación vigente.
La iniciativa buscará exceptuar del pago de la Declaración Jurada a las personas naturales nacionales o extranjeras residentes en el exterior; así como, de aquellos con residencia en el país, que reciban ingresos por contratos en el extranjero.
De esta manera, se hace evidente la necesidad de Zonas Especiales de Desarrollo donde converjan los intereses de los inversores privados extranjeros con los nacionales, para dinamizar el mercado interno e incrementar el consumo de los ciudadanos.