El gobierno de Cuba, aprueba las tarifas para el cobro de los derechos de autor mediante agencias de representación, por la utilización de las obras musicales, audiovisuales y las artes escénicas.
El Ministerio de Cultura emitió la Resolución 05/2022, aplicada a los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas del sector no estatal.
La medida está destinada a servicios de recreación, centros nocturnos, discotecas y otros establecimientos afines, para actividades nocturnas y matinées; igualmente, restaurantes, bares y cafeterías.
También, se ajustarán a ella los servicios de organización de fiestas y actividades a fines; así como, servicios de reproducción y comercialización de contenidos culturales en cualquier soporte.
Se dispone una tarifa sobre los ingresos brutos del utilizador para las presentaciones en vivo, que se ha de implementar con anterioridad a la distribución de ingresos entre el utilizador y la agencia.
Y para otra modalidad se rige con carácter supletorio cuando se pongan en práctica las tarifas generales para el cobro de los derechos de autor a través de la agencia de mercadeo.
De esta manera; por la utilización de las obras musicales, audiovisuales, y por las representaciones de obras de las artes escénicas, se utiliza por analogía la tarifa aprobada para la modalidad afín que mejor se adecúe.
Hay que observar la labor de intermediación de la Agencia Cubana de Derecho de Autor Musical, que absorbe roles de los manager de los artistas nacionales y protagoniza un hurto a las ganancias que se generan.
En tal sentido; las autoridades han de promover la contratación directa de los artistas en el sector privado; y con ello, poner en valor los productos culturales de la nación para consumo de la sociedad.