El Ministerio de Economía y Planificación de la República de Cuba publicó la Resolución 29/2021, sobre la estrategia de trabajo y el financiamiento a los Proyectos de Desarrollo Local, que pretende ser un paliativo a las afectaciones por la crisis económica actual.
Y deben ser constituidos para alcanzar la alianza público-privada en las comunidades, orientando el Presupuesto del Estado hacia la inversión en sectores claves, según las características de los territorios y su inserción en el mercado nacional.
Por otro lado, la Resolución 114/2021 emitida por el Ministerio de Finanzas y Precios, dictó el procedimiento para el financiamiento presupuestario, así como el tratamiento tributario, financiero, de precios aplicable a los Proyectos de Desarrollo Local.
Las fuentes presupuestarias serán el 50% de la recaudación de la Contribución Territorial y los ingresos cedidos que tributen a lo planificado al cierre del ejercicio económico; también empleados en fideicomisos administrados por el banco y fondos para municipios en desventaja por capacidades estructurales.
Los proyectos serán sujetos de aplicar un 10% por concepto de impuestos sobre las ventas minoristas (un 5% en caso de comercialización de alimentos) y un 15% de Impuesto sobre Utilidades, quedando exentos de impuestos aduaneros por la importación.
Mientras, el Banco Central de Cuba para los proyectos económicos-productivos apoyándose en la Resolución 147/2021, transfiere los recursos del Fondo para el Desarrollo Local al Fondo de Fideicomiso, que se ejecuta mediante el otorgamiento de créditos previa evaluación de riesgos.
En el contexto, parece teñirse de una trama burocrática cualquier intención de por reactivar la producción y el consumo a nivel local; pero, acceder a fuentes de financiamientos por fideicomiso durante la crisis financiera actual, será un riesgo no recomendable para los emprendedores cubanos.