El consumidor de bienes y servicios en Cuba encuentra sus derechos extremadamente limitados. Los cubanos, en este sentido, nos encontramos en un estado de indefensión y se debe principalmente a la incultura de consumo. Esta situación se acrecienta con la aplicación a partir de enero del 2021 de la tarea Ordenamiento y con el aumento y aparición de nuevos entes en la sociedad mercantil. Entiéndase Trabajadores por cuenta Propia, Cooperativas No Agropecuarias y las Micro, Pequeñas Y Medianas Empresas. La corrupción administrativa por parte de funcionarios, así como la mala calidad de productos y servicios son los principales aspectos que violan la Protección al Consumidor. Adicionando la legislación insuficiente, obsoleta y desconocida en muchos casos para los operadores del mercado.
La apertura y permisibilidad de diferentes formas y vías de comercio, ventas on-line, el incremento del mercado particular provoca que el consumidor esté expuesto a un sin número de irregularidades.
Todo lo anterior hace necesaria la instauración en Cuba del Defensor del Consumidor
Este ente sería una dependencia judicial encargada de tramitar las demandas interpuestas por los consumidores a través de la acción de Protección al Consumidor. Vía idónea para ser efectiva una garantía, obtener una reparación de los bienes en la protección de servicios. Cuando se originan perjuicios por publicidad e información engañosa y en general cuando ha ocurrido cualquier violación a las normas de protección al consumidor.
Tendría como función fundamental garantizar derechos particulares y concretos de los consumidores al comprar un producto o contratar un servicio.
El Estado y Gobierno cubano tienen la obligación y responsabilidad de regular y controlar una política enérgica de Protección de los derechos de los Consumidores. Estableciendo normas que regulen el equilibrio entre el consumidor y el proveedor.
Es de señalar que en Cuba existe una norma que regula la Protección al Consumidor. La Resolución 54 del 20 de abril de 2018, publicada en Gaceta Oficial 26, Extraordinaria, de mayo del 2018, del Ministerio de Comercio Interior. Pura letra muerta.