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Notas sobre las cooperativas agropecuarias en Cuba: Decreto-Ley 76 del 2023 “De las Cooperativas Agropecuarias”

Publicada el 2 noviembre, 20233 noviembre, 2023 por Ángel Marcelo Rodríguez Pita

Las cooperativas agropecuarias están sujetas para su constitución o disolución al Consejo de Administración Municipal de su territorio y se basan en el trabajo aportado por los socios, que responden con su patrimonio personal por las obligaciones contraídas.

Se reconocen como aportes de los socios el traspaso oneroso y gratuito hacia el patrimonio cooperativo, aunque es recomendable colocar el patrimonio personal a disposición de la cooperativa a través de contratos de usufructo, comodato o arrendamiento.

Están presentes las cooperativas de 1er. grado con un mínimo de 11 campesinos, donde la principal contribución es el trabajo de los socios, mientras las de 2do. Grado serán constituidas por al menos 2 cooperativas de 1er. Grado para ampliar su gestión productiva, comercial y social.

Nótese que las formas asociativas de las cooperativas agropecuarias establecidas son la Cooperativa de Créditos y Servicios (CCS), la Cooperativa de Producción Agropecuaria (CPA) y la Unidad Básica de Producción Cooperativa (UBPC).

Los campesinos asociados a las CCS conservan la propiedad de sus tierras, en las CPA éstos ceden la tierra, sus bienes y derechos al patrimonio de la cooperativa y en las UBPC sólo se involucran quienes reciben tierras en usufructo y no pertenecen a otra asociación.

Acá vale reflexionar sobre si la entrega de derechos de uso puede ser más pertinente que entregar derechos de propiedad, tomando en cuenta que con el cambio generacional las unidades de producción familiar se dividen y el traslado de la propiedad es una condición para que el sistema perdure.

En Cuba los derechos sobre la tierra están limitados a quienes la trabajan y se hacen efectivos al fallecimiento del dueño, la calidad de la educación y oportunidades laborales fuera del sector no provocan una división acelerada de parcelas como ha sucedido en Latinoamérica.

Para la defensa de los derechos laborales de los cooperativistas es la ANAP quien representa los intereses de los asociados a las CCS y CPA, y los sindicatos naciones de Trabajadores vinculados a la CTC acogen las organizaciones sindicales en las UBPC.

Y ante la salida o readmisión del cooperativista se requiere la aprobación de más de la mitad del total de los reunidos en Asamblea General, por lo que la participación de los cooperativistas tanto la ANAP como en el sindicato de la rama se reduce a cumplir formalismos.

Sobre los volúmenes de producción ciertamente han aumentado, pero no de forma homogénea y los productores se han orientado al mercado agropecuario, al turismo y las exportaciones, si bien la producción ha crecido menos que la disminución de importaciones.

Actualmente la comercialización de las cooperativas agropecuarias es afectada por la caída del turismo internacional, las remesas familiares del exterior orientadas al consumo de alimentos importados por mipymes privadas nacionales y la colocación de productos en el mercado por empresas mixtas.

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