Saltar al contenido

Observatorio de Derechos Económicos

LIBERTAD Y PROSPERIDAD PARA CUBA

Menú
  • Artículos
    • Denuncias
    • Datos y Análisis económicos
    • Informes
    • Reformas económicas
    • Sector no estatal
    • Vivienda
    • Artículos y Opiniones
    • Citas escogidas
    • Contacto
  • Finanzas y Precios
  • Resúmenes de Prensa
Menú

Nuevas limitaciones e inseguridades

Publicada el 26 agosto, 202423 agosto, 2024 por Ángel Marcelo Rodríguez Pita

Gobierno cubano publica el Decreto Ley 93/2024 que modifica la Ley 113 del Sistema Tributario e implementa criterio de sujeción de las personas naturales para el pago de los tributos, basado en la “residencia permanente”.

Tal visión estará vigente hasta tanto se ponga en marcha la nueva Ley de Migración y se incorpore la aplicación del concepto de “residencia efectiva migratoria” en la Isla.

Además, se emitió el Decreto 107/2024 por el Consejo de Ministros sobre las actividades no autorizadas a ejercer por las micros, pequeñas y medianas empresas privadas nacionales.

La norma limita el comercio al por mayor de los trabajadores por cuenta propia, así como la comercialización de miel a las empresas estatales y las exportaciones de carbón vegetal a sus productores.

Se prohíben las actividades de almacenamiento y depósitos de todo tipo de productos, explotación de silos de granos, cámaras frigoríficas y tanques de almacenamiento.

Por si fuera poco, las actividades de galerías de arte comercial, la creación de sellos discográficos, editoras musicales y entidades para la comercialización de discos y otros soportes fonográficos.

Y las formas de gestión no estatales no titularán en ninguna de las modalidades docentes, ni podrán emitir algún tipo certificado de cursos o talleres de intercambio y buenas prácticas.

Mientras se autoriza el cuidado de enfermos, personas en situación de discapacidad y adultos mayores en los domicilios de estas personas o en residencias permanentes o diurnos.

Ambas medidas no ofrecen seguridad a los inversores nacionales y extranjeros, niegan todas las posibilidades para la creación de redes de colaboración entre emprendedores de una misma actividad económica.

Es necesario orientar las políticas hacia el bien común y abandonar ideas egoístas que pretende subordinar los intereses de los negocios privados a las necesidades del sector público.

1 comentario sobre «Nuevas limitaciones e inseguridades»

  1. blank Amelia Carolina Muñiz Zamora dice:
    3 septiembre, 2024 a las 12:55 pm

    Una pregunta ⁉ A quién le van a vender las Mipymes si no pueden vender al por mayor a los TCP, entonces si no se puede comprar mercancía en las Mipymes para abastecer las cafeterías d los TCP ,muchos entregaran su licencia pq q van a vender?No van a pagar impuestos si no venden ,No entiendo para nada estas regulaciones

    Responder

Deja una respuesta Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

CANASTA(5) GRÁFICOS

CANASTA en mercado informal (HAB / STGO)

Canasta en Mercado Informal
2024
2023

Descargar la documentación en excel del coste mensual de los principales productos en la isla, en las provincias LA HABANA y SANTIAGO DE CUBA.

Archivos

Entradas recientes

  • La lista y el billete
  • Pusimos la Clásica, ¿y qué?
  • ¿Mayorista o Minorista?
  • Los Contratos de Producción Cooperada
  • Muy tarde

Comentarios recientes

  • Amelia Carolina Muñiz Zamora en Nuevas limitaciones e inseguridades
  • Leonides alcolea en Consignaciones y comisiones en el comercio exterior
  • Miguel Alberto en ¿Qué pasa ahora?
  • Enix Berrio Sardá en Financiación, más allá de la solidaridad
  • Enix Berrio Sardá en La guerra de los Castro contra los paladares
©2025 Observatorio de Derechos Económicos | Diseño: Tema de WordPress Newspaperly