Gobierno cubano reconoce la acumulación de problemas en las operaciones de comercio exterior de las empresas estatales autorizadas y la crisis financiera que atraviesan éstas de cara a cumplir los compromisos de pago a proveedores internacionales.
El Ministerio de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera emitió la Resolución 166/2024, que rige las relaciones en moneda libremente convertible (MLC) entre empresas estatales importadoras-exportadoras y las micros, pequeñas y medianas empresas privadas, cooperativas y cuentapropistas.
Obsérvese que dichas entidades estatales son las responsables de la aprobación del cliente o proveedor extranjero para la operación de comercio exterior con el privado nacional, presentando ofertas de importación y aprobando precio de venta de la exportación.
Y también los gastos en que incurran las empresas estatales autorizadas – que actúan como intermediarias en las operaciones de comercio exterior – incluido su margen comercial, se pagarán en moneda libremente convertible de las cuentas corrientes de los privados nacionales.
En el contexto, se condiciona el acceso a los servicios de importación y exportación de bienes y servicios, a través de entidades burocráticas endeudadas, que frenan el desarrollo económico y la movilidad de los emprendedores hacia la satisfacción de necesidades.
Es vital el sentido propositivo que toma la Economía Social de Mercado entorno a la apertura de puertas al mercado exterior, sus oportunidades y múltiples impactos en la generación de empleos estables con calidad, capaces de reinsertar personas en riesgo.