El Ministerio de Finanzas y Precios de Cuba emitió la Resolución 65/2023, que contiene el reglamento para el ejercicio de la actividad de agentes de seguro y ofrecer garantías a inversionistas.
Se establecen requisitos para el ejercicio de la actividad de agentes de seguros de personas naturales que actúan como cuentapropistas; así como, derechos, obligaciones y su régimen especial de seguridad social.
También; las precisiones que debe contener el contrato de mandato oneroso que suscribirán las entidades de seguros con sus agentes, pudiendo éstos organizarse en grupos u otras estructuras según las ramas o territorio.
Y podrán designarse agentes responsables de dichas estructuras organizadas, quienes pueden tramitar entre éstos y la entidad de seguros, cobrando comisiones por lo realizado.
Las entidades de seguros obtienen cierta autonomía en los contratos de agencia que han de suscribir con sus agentes de seguros e incorporar las cláusulas que consideren oportunas según el caso.
Ahora bien; dichas entidades de seguros sólo responderán por los actos de sus agentes de acuerdo con las facultades concertadas en los contratos de agencia suscritos con ellos.
En los casos de fallecimiento del agente de seguros (persona natural), el derecho al cobro de las comisiones pendientes de pagar por la entidad de seguros será cobrado por sus legítimos herederos.
De esta manera; Vladimir Guerrero como nuevo ministro de finanzas da comienzo a un proceso de revisión de las normas vigentes y a la unificación de la dispersión legislativa.
Las próximas medidas han de centrarse en brindar estabilidad financiera y ofrecer garantías a la inversión de las micros, pequeñas y medianas empresas privadas nacionales.